Con el ánimo de promover una buena cultura tributaria en la ciudadanía, la Secretaría de Hacienda recuerda el funcionamiento y razón de los principales impuestos y demás obligaciones pecuniarias, de las cuales se recaudan los recursos económicos para el funcionamiento de la Administración departamental y la inversión en los diferentes sectores.
Por eso, a través del programa de Cultura Tributaria, se viene haciendo actividades de sensibilización con diferentes grupos de interés, para promover el conocimiento de los principales tributos departamentales.
Es de señalar que de acuerdo con la Constitución Política los impuestos son la fuente principal de ingresos del Gobierno, pues sin la tributación, no tendría suficiente dinero para garantizar bienes y servicios básicos para la población, ni para mejorar la infraestructura del país y los territorios.
En el departamento de Arauca, los tributos se rigen por el Estatuto de Rentas, de la Ordenanza 014E de 2017. Los principales son:
1. Impuesto vehicular:
• Se da sobre la propiedad o posesión de los vehículos matriculados en el departamento.
• Aplica para todos los carros y para las motos de más de 125 CC, particulares.
• El pago se hace cada año.
2. Impuesto al consumo de licores, cervezas y cigarrillos:
• Los responsables son los importadores, distribuidores, transportadores y expendedores al detal.
• En el caso de los licores se paga el impuesto por unidad, de acuerdo al grado de alcohol y precio comercial. Los cigarrillos pagan por cajetilla.
• Este impuesto es la principal fuente de recursos del departamento y se invierte en salud y deporte; por eso se hacen controles Anticontrabando.
3. Tasa Pro Deporte y Recreación:
• Se destina a fomentar el deporte y la recreación, apoyar a actividades deportivas y deportistas destacados.
• Se descuenta del pago a toda persona natural o jurídica que suscriba contratos, convenios, órdenes de servicio y demás con el Departamento o cualquiera de sus entes descentralizados.
4. Estampillas departamentales:
• Existen las estampillas: Pro Desarrollo Departamental (destinada a infraestructura deportiva, sanitaria y Educativa), Pro desarrollo fronterizo (primera infancia, infraestructura de transporte, infraestructura educativa, medio ambiente, saneamiento básico, bibliotecas…), Pro cultura (promover la creación, la actividad artística y cultural, la investigación…), Pro bienestar del Adulto Mayor (financiación de los Centros Vida y dotación y funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano), Pro electrificación rural (electrificación Rural especialmente en zonas de difícil acceso, o uso de energías renovables no convencionales).
• Se descuentan del pago de todos los contratistas de prestación de servicios, o personas jurídicas que celebren contratos con el Departamento de Arauca o sus entidades descentralizadas.
5. Contribución especial:
• Se cobra por la suscripción de cada contrato o concesión de obra pública y otras concesiones en el departamento (tales como construcciones, mantenimiento de vías y otros)
• Se debe pagar un porcentaje de acuerdo al valor total del contrato o de lo recaudado por la concesión.
• Los recursos de este tributo están destinados al Fondo departamental de seguridad y convivencia ciudadana.
6. Entre otros están también:
• El impuesto al degüello de ganado mayor
• La sobre tasa a la gasolina
• Gaceta departamental
• Impuesto de registro y anotación (sobre escrituras, acuerdos, modificaciones de propiedad y otros).