En días pasados me dirigí al Diario EL ESPECTADOR, para instaurar un Derecho de rectificación conforme a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 2591 de 1991, con el fin de que sea revisada la nota periodística publicada en la página web de dicho medio de comunicación, el día 03 de noviembre de 2018 por el periodista Juan David Laverde Palma, toda vez que dicho artículo contiene afirmaciones imperiosas emitidas por el emisor, que inducen al error y que constituye un perjuicio a mi buen nombre y a mi honra como persona y como gobernador del departamento de Arauca.
Debo señalar que la publicación es errada y contraria a la realidad, ya que no tuvo presente el procedimiento administrativo y el trabajo interinstitucional que propende garantizar la soberanía nacional y el control territorial, compras realizadas dentro del marco de las necesidades que justifican las mismas y bajo el rigor del ordenamiento jurídico.
Dentro de los temas abordados en dicha publicación, se ha referencia al tema de la adquisición del lote con destino a la construcción de la capitanía de puerto en la cual debo señalar que el dicho acto surgió dentro del marco de un Consejo de Seguridad Presidencial de febrero de 2018 en Arauca (Arauca), tal cual como lo señala el oficio del Ministerio de Defensa OFI18-62660 MDN — DM en la cual deja claro que “La Armada Nacional creará una Capitanía de Puerto en la ciudad de Arauca, que permita fortalecer el control y ejercer soberanía en todo el corredor fronterizo del Departamento de Arauca”. A continuación del mismo, inicia la fase de verificación de los predios contiguos al Batallón Fluvial de Infantería de Marina No. 52, que le permitan expandirse y construir la mencionada capitanía de Puerto y es por ello, que mediante oficios la Armada Nacional realiza recomendaciones sobre la adquisición del terreno.
En dicho oficio por parte de la Armada Nacional especifica la necesidad creada del terreno a adquirir de la siguiente manera “…con toda atención me dirijo al señor Gobernador del departamento de Arauca, con el fin de informarle que la Armada Nacional a través del Batallón Fluvial de Infantería de Marina N. 52, teniendo en cuenta su ubicación estratégica de las instalaciones ya existentes, ubicadas en el barrio 20 de julio del municipio de, Arauca, recomienda que se tenga en cuenta como requisito mínimo, las siguientes características técnicas (…)E1 terreno debe estar en cercanías al río internacional, Arauca, Área de terreno mínima de 1 hectárea, contar con disponibilidad de servicios públicos(…)”.
Dado lo anterior a petición de la Armada, el predio que cumplía con dichas características era el de titularidad del señor Hernando Posso Parales, identificado con matrícula inmobiliaria No. 410-81784, el cual fue visitado y sugerido por la delegación de la Fuerza Naval del Oriente como lo manifestaron en la carta de intención cesión predio a título gratuito, oficio con radicado No. 1397. Y que conforme a que el Plan de Desarrollo Departamental “HUMANIZANDO EL DESARROLLO”, dentro de su programa de inversión SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA definió dentro de las prioridades, apoyar y fortalecer estrategias que combatan los delitos de mayor impacto en el Departamento y el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana, contiene dentro de sus estrategias fortalecer la capacidad operacional y de respuesta de la fuerza pública a través de la consolidación de los procesos y efectividad del servicio y dentro de sus actividades asignar los recursos para la adquisición de predios, construcción y fortalecimiento de nuevas estaciones y subestaciones de policía y batallones (…).
El proponente vendedor, en primer lugar, allegó al Departamento de Arauca un avalúo superior a los $2.800.000.000,00, el cual debido a un principio de economía y eficiencia administrativa, el Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana, por ordenes del suscrito, solicitó un segundo avalúo ante la LONJA MOBILIARIA SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS REGIONAL ARAUCA determinándose que el valor del predio corresponde a MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($1.981.393.416,00) y realizándose una transacción final mediante acta de negociación directa para la adquisición de un bien inmueble por valor de $1.800.000.000, teniéndose el valor del m2 a $150.000 en dicha compra, estando ello por debajo del valor promedio de un predio urbano y en una zona de construcción como la adquirida. Todo lo anterior dentro del marco del Decreto 1082 de 2015.
Valga señalar dentro de este mismo acápite, que el señor al cual se le realizó la compra directa, HERNANDO POSSO PARALES, siempre ha sido mi contradictor político y fue mi contendor en las elecciones 2015 y, de igual manera, ha seguido manifestándose como opositor a este gobierno. Por lo tanto, dentro del respeto a la diferencia y el pluralismo, acepté sin exclusión política dicha compra porque considero, y de esa manera ha sido mi actuar, que la institucionalidad está por encima de los hombres.
Con respecto a la adquisición de Tecnología para la Fuerza Pública, debo manifestar que la propuesta y la necesidad de adquisición de los drones mencionados en la nota periodística surgió en el seno de un Comité de Orden Público en el cual se presentó la necesidad de adquirir elementos que coadyuvaran a la judicialización y permitieran el registro en zonas de difícil acceso, compra a la cual accedimos bajo el condicionamiento de que dichos aparatos tuvieran una suficiente autonomía de vuelo.
En el artículo se señala reiterativamente que firmé dicho contrato, valga precisar que yo no firmé ese documento, el mismo fue firmado durante mi ausencia previo a mi periodo vacacional y al recibir dicho contrato me opuse públicamente y, es de conocimiento general, que no participé en la elaboración del mismo porque manifesté que se requerían aviones no tripulados que tuvieran la autonomía de vuelo suficiente para coadyuvar a la judicialización del crimen organizado. De igual forma, erra el escrito al afirmar que por la no entrega se abrió investigación por parte de la Fiscalía, ello es falso y debe respetarse la presunción de inocencia y debido proceso de las personas investigadas.
Lo anterior tiene mayor asidero, cuando puedo fundamentar mi posición en una gestión que realicé ante el Ministerio de Defensa para la operatividad por parte de la fuerza pública de seis (6) aviones no tripulados que cumplen dicha función y, por lo tanto, dentro de un marco de la racionalidad del gasto público y al perder fuerza la necesidad de dicha compra de drones, se acordó de mutuo acuerdo con el contratista terminar dicho negocio jurídico de forma anticipada evitando un gasto público innecesario, ya que, no se apiada con las limitaciones económicas del departamento y devolver estos el anticipo recibido.
Por lo tanto, mal hace el medio de comunicación en presionar indebidamente a que se reciban los drones y señalar infundadamente que los mismos tienen en enredo a este gobernador. Todo lo contrario, he propendido por la decencia de la administración pública, la racionalidad del gasto y la ética de lo público no teniendo hasta el día de hoy en toda mi vida pública y privada sanción alguna. Todo lo contrario, mi trayectoria ha sido honorable, siendo reconocida con premios nacionales, en las cuales he sido académico exaltado como el mejor profesor de medicina de la Pontificia Universidad Javeriana en dos ocasiones, añadiendo mi labor como médico con amplio bagaje profesional.
Como mandatario de los araucanos he logrado la consolidación de nuestro territorio, siendo un trabajador incansable en una búsqueda permanente de la paz, en luchar contra las desigualdades sociales. Reflejadas en la política tradicional y corrupta, cosa que ha generado incomodidades en personas que difieren del trabajo que he realizado como gobernador del departamento y buscan amilanarme con este tipo de actuaciones a través de notas que generan desconfianza en los procesos de la administración pública y socavan el trabajo del Estado colombiano en las regiones.
Ricardo Alvarado Bestene
Gobernador de Arauca