La Gobernación de Arauca recuerda que el nuevo estatuto de rentas establece sanciones por incumplimiento de este requisito
De acuerdo con el Estatuto de Rentas Departamental vigente, aprobado por la Ordenanza 210 de 2025, la Secretaría de Hacienda recuerda a los contribuyentes, agentes retenedores y otras personas obligadas, que es un requisito indispensable que se inscriban en el Registro de Contribuyentes de Arauca-REDCA, para realizar cualquier trámite o contrato relacionado con los tributos departamentales.
Según el artículo 41 de la Ordenanza, “deberán inscribirse en el REDCA dentro de los treinta (30) días siguientes al inicio de sus actividades, a la celebración del respectivo contrato, o a la realización del hecho generador del tributo”.
Además, en el artículo 52 señala que, “los contribuyentes, responsables o agentes retenedores obligados a inscribirse en el REDCA que no lo hicieren o lo hicieren extemporáneamente, incurrirán en una multa equivalente a una (1) Unidad de Valor Tributario (UVT) por cada día de retraso en la inscripción”.
En ese sentido “es obligación de las autoridades de tránsito, cámaras de comercio, secretarías de despacho y demás entidades públicas del orden departamental o municipal, exigir la presentación del REDCA vigente en los trámites sujetos a control o registro”.
En ese sentido, se recuerda a los funcionarios relacionados con este tipo de trámites, que incumplir este requisito puede dar lugar a una sanción disciplinaria. En cambio, se invita a conocer, familiarizarse e implementar el uso del REDCA, para facilitar las diferentes diligencias.
En ese sentido y para evitar demoras o inconvenientes los contribuyentes deben realizar la inscripción, a través del enlace web https://arauca.gov.co/registro-contribuyente/ donde encontrarán además un instructivo que le orientará en su diligenciamiento.
