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Con la Ordenanza 213 de 2026, se modifica tabla de porcentajes de estampillas

La modificación del Estatuto de Rentas departamental de Arauca, equilibra las cargas tributarias

Arauca, 06 de mayo de 2026.  Luego de la aprobación de la modificación de Estatuto de Rentas por parte de la Asamblea Departamental, promovido desde la Secretaría de Hacienda Departamental, se actualiza la tabla sobre el porcentaje del cobro de estampillas de acuerdo con el tipo de contrato, principalmente en consideración a las personas naturales que son contratadas por prestación de servicios.

Por lo tanto, se modifica el artículo 286 de la Ordenanza 210 de 2025, en su parágrafo tercero, quedando los porcentajes así: para contratos de obra y sus adicionales 9,10%; para consultorías, asesorías, suministros y similares 6,10%; otros contratos 6,10%; compra de energía 4,0%.

Para la prestación de servicios: de persona natural mayor a 35 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) 4,10%; de persona natural menor o igual a 35 SMLMV, 2,30%; de persona jurídica, 6,10%. CPS, igual o menor a 10 SMLMV 1,80%; de 10 SMLMV a 35 SMLMV 2,30%; y mayor a 35 SMLMV, 4,10%.

Las estampillas vigentes con la ordenanza 213 son: Pro Desarrollo Departamental, Pro Cultura, Pro Bienestar del Adulto Mayor, Pro Desarrollo Fronterizo, Bomberil y Para la Justicia Familiar.

El pago de las estampillas correspondientes para los nuevos contratos será para los CPS, , previo a presentar cada cuenta de cobro parcial, y de acuerdo al valor de la misma.

La ordenanza completa con las modificaciones se puede consultar en la página web de la Gobernación, área de Transparencia y Acceso a la Información, en el link: https://arauca.gov.co/ordenanzas/#310-1595-wpfd-ordenanzas-ano-2026-ordenanzas

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