La Secretaría de Hacienda informa a los contribuyentes y comunidad en general que, debido a sentencia del Tribunal Administrativo de Arauca, en respuesta a una demanda de nulidad interpuesta por un particular; desde la fecha se suspenden los artículos del Estatuto de Rentas departamental que establecieron los descuentos en el impuesto vehicular para automotores matriculados en el departamento, por pronto pago y por traslado de placa.
Fue decretada por el Tribunal como medida cautelar “la suspensión provisional de los artículos 9° y 11° de la Ordenanza No. 04 de 2019 expedida por la Asamblea del Departamento de Arauca”.
Dicha ordenanza modificó a su vez los artículos 47 y 51 de la ordenanza No.014E de 2017, del Estatuto de Rentas Departamental, estableciendo así en 2019 los beneficios para los contribuyentes que realizan el pago del impuesto vehicular durante los primeros meses del año (15% hasta febrero, 10% hasta abril, 5% hasta mayo) y para quienes trasladaran la matrícula de sus carros para el departamento de Arauca (50% el siguiente año, 40% el segundo año, 30% el tercero y 20% el cuarto).
Por lo tanto, no se generará el incentivo de descuentos a los contribuyentes que liquiden y paguen el impuesto vehicular o trasladen su placa, a partir de la fecha y mientras siga en firme la medida cautelar de suspensión. (La misma no afecta a quienes se acogieron a los beneficios hasta este momento).
Ante esta situación, la Gobernación de Arauca agradece la comprensión de los contribuyentes y ratifica su compromiso en seguir trabajando para ofrecerles beneficios por su compromiso con el departamento.
