Con la actualización del Estatuto de Rentas del departamento de Arauca, se acorta el plazo para remitir la información a la Secretaría de Hacienda
Arauca, 5 de febrero de 2025. A partir de la implementación del nuevo Estatuto de Rentas, aprobado mediante Ordenanza 210 del 2025, se establece la obligación para las oficinas de tránsito de los municipios del departamento de Arauca, de reportar las nuevas matrículas, cancelaciones u otras novedades vehiculares, al inicio de cada mes; para optimizar la base de datos del impuesto vehicular.
De acuerdo con la Ordenanza, los municipios “deberán remitir mensualmente, dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, los reportes de novedades vehiculares ocurridas en su jurisdicción”.
El reporte deberá incluir, como mínimo, los siguientes datos:
1. Nombre o razón social e identificación del propietario o poseedor.
2. Dirección y correo electrónico.
3. Número de placa.
4. Marca, línea, clase y carrocería.
5. Modelo y cilindraje.
6. Capacidad (en vehículos de carga o pasajeros).
7. Tipo de servicio y tipo de tracción.
8. Número de motor y chasis.
9. Novedades (traspasos, cancelaciones, re matrículas, radicaciones, cambios de
servicio, matrículas iniciales, blindajes). Por lo tanto, la Secretaría de Hacienda departamental insta a los institutos de tránsito a hacer los ajustes necesarios para cumplir con esta obligación en los tiempos establecidos para mantener actualizada la base de datos del impuesto vehicular oportunamente y evitar ser sancionados por no suministro de la información prevista en el Estatuto.
