Arauca, 6 de marzo de 2026.– La Gobernación de Arauca expidió el Decreto No. 208 de 2026, mediante el cual se adoptan medidas orientadas a preservar el orden público, la seguridad ciudadana y el normal desarrollo de las elecciones de Congreso de la República y de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán en el país durante el presente año.
Entre las disposiciones contempladas en el decreto se establece la restricción al transporte fluvial de pasajeros y carga dentro de la jurisdicción del departamento, como medida preventiva para garantizar la seguridad durante la jornada electoral.
La medida se adopta en aplicación de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Nacional No. 0188 del 27 de febrero de 2026, y busca facilitar las acciones de control y vigilancia por parte de las autoridades competentes, contribuyendo a la protección del proceso democrático en el territorio araucano.
En ese sentido, la restricción al tránsito de embarcaciones fluviales se aplicará durante los periodos establecidos en el artículo 26 del Decreto Nacional No. 0188 de 2026, en las siguientes fechas:
- Desde las 6:00 p.m. del 7 de marzo de 2026 hasta las 6:00 a.m. del 9 de marzo de 2026.
- Desde las 6:00 p.m. del 30 de mayo de 2026 hasta las 6:00 a.m. del 1 de junio de 2026.
El gobernador de Arauca, Renson Jesús Martínez Prada, señaló que estas decisiones se adoptan en articulación con el Gobierno Nacional y las autoridades de seguridad del departamento, con el propósito de garantizar unas elecciones seguras, transparentes y en completa tranquilidad para la ciudadanía.
La Gobernación de Arauca invita a la comunidad a acatar las disposiciones establecidas en el Decreto 208 de 2026, recordando que estas medidas buscan proteger el orden público y asegurar el adecuado desarrollo del proceso electoral.
